NATURALEZA
· Definición:
No divulgar ni permitir que se conozca la información que directa o
indirectamente se obtenga durante el ejercicio profesional.
· Es
vigente aun después de la muerte y puede implicar información de terceros,
tambien obligada a no revelar.
· Es
tambien deber de estudiantes de medicina y personas involucradas en la atención
medica.
· Dificultades:
o Hoy
en día el grupo de personas que acompañan al enfermo y saben de él es grande.
o Desarrollo
de la informática, datos a la vista de cualquiera con mucha facilidad.
· Meta:
Crear un “clima” al secreto, que todos conozcan la importancia de su
cumplimiento.
· Es
obligación del médico que el personal auxiliar guarde el secreto (Articulo 39
de la ley de Ética Medica).
JUSTIFICACIÓN
· Otorgar
confianza al paciente. Paciente que siente confianza hacia su médico ya alivia
su sufrimiento, ya de por si es terapéutico.
· No
hacerle daño al paciente. Este es un daño moral o físico hacia su persona y su
familia. Hay que medir el alcance de nuestras palabras.
· No
violar el derecho a la privacidad.
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